Revista de Filosofía
Vol. 42, Nº113, 2025-3, (Jul-Sep) pp. 20-32
Universidad del Zulia. Maracaibo-Venezuela
ISSN: 0798-1171 / e-ISSN: 2477-9598
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(CC BY-NC-SA 4.0)
https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
Dignidad humana y alteridad: Una lectura hermenéutica
Human Dignity and Alterity: A Hermeneutic Reading
Johan Méndez Reyes1
ORCID: https://orcid.org/0000-0002-9349-223X
Universidad Politécnica Salesiana - Ecuador
Grupo de investigación ATARAXIA
jmendezr@ups.edu.ec
DOI: https://doi.org/10.5281/zenodo.17172790
Resumen
El estudio de la dignidad humana resulta de vital importancia en el contexto
contemporáneo, donde el valor intrínseco de la persona continúa siendo desplazado por
intereses económicos, científicos, políticos o religiosos que, con frecuencia, desatienden su
dimensión más profunda. Esta situación se agrava con múltiples formas de violencia y
deshumanización como los conflictos armados, secuestros, narcotráfico, explotación
laboral y políticas migratorias excluyentes que reflejan un preocupante irrespeto por la
vida humana. Ante este panorama, se hace imperativa una reflexión hermenéutica que
permita interpretar y comprender no solo el valor del ser humano en mismo, sino también
su relación constitutiva con el otro. El objetivo central de esta investigación es analizar la
dignidad humana y la alteridad desde una lectura hermenéutica, con el propósito de
profundizar en la comprensión de la condición humana y fomentar una convivencia basada
en el reconocimiento y respeto mutuos. Para ello, se adopta un enfoque cualitativo de corte
hermenéutico, que permite una interpretación crítica y reflexiva de diversas fuentes
filosóficas. Se concluye que vivir en relación con los demás implica reconocer al otro como
un fin en mismo, rechazando toda forma de instrumentalización. Cada persona posee un
valor inherente que trasciende cualquier utilidad o posesión material, y que se fundamenta
en una ética de la alteridad y la convivencia humana.
Palabras clave: dignidad humana, alteridad, hermenéutica, encuentro, ética.
_______________________________
Recibido 15-05-2025 Aceptado 14-08-2025
Abstract
Studying human dignity is of vital importance in the contemporary context, where the
intrinsic value of the person continues to be overshadowed by economic, scientific, political,
1 Docente de la Universidad Politécnica Salesiana. Ecuador. Grupo de investigación ATARAXIA. Correspondencia:
Email: jmendezr@ups.edu.ec ORCID: https://orcid.org/0000-0002-9349-223X
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or religious interests that often neglect their deeper dimension. This situation is further
exacerbated by multiple forms of violence and dehumanizationsuch as armed conflicts,
kidnappings, drug trafficking, labor exploitation, and exclusionary migration policies
which reflect a troubling disregard for human life. Considering this reality, a hermeneutical
reflection becomes imperative, one that enables interpretation and understanding not only
of the value of the human being, but also of their constitutive relationship with the other.
The central objective of this investigation is to analyze human dignity and alterity through a
hermeneutical lens, with the aim of deepening the understanding of the human condition
and fostering a coexistence grounded in mutual recognition and respect. To this end, a
qualitative approach of hermeneutical orientation is employed, allowing for a critical and
reflective interpretation of various philosophical sources. It is concluded that living in
relation with others entails recognizing the other as an end in themselves, thereby rejecting
any form of instrumentalization. Each person possesses an inherent value that transcends
any form of utility or material possession and is grounded in an ethics of alterity and human
coexistence.
Keywords: human dignity, alterity, hermeneutics, encounter, ethics.
Introducción
Estudiar la dignidad humana resulta fundamental en el contexto contemporáneo,
donde el valor intrínseco de la persona continúa siendo desplazado por intereses de diversa
índole -económicos, científicos, políticos o religiosos- que, con frecuencia, desatienden su
dimensión humana más profunda. Esta situación se manifiesta en múltiples formas de
violencia y deshumanización, tales como los conflictos armados, los secuestros, el
narcotráfico, la explotación laboral o las políticas migratorias excluyentes, todas ellas
expresiones de un preocupante deterioro del respeto por la vida humana.
Algunas corrientes filosóficas contemporáneas, como el posthumanismo y el
transhumanismo, al priorizar el desarrollo tecnológico e intelectual, desplazan el centro de
atención desde la persona concreta hacia propuestas tecnocientíficas que, en ciertos casos,
terminan relativizando el valor de la existencia humana (Méndez Reyes et al., 2024). A esto
se suma la amenaza de una interpretación relativista de la dignidad en contextos
multiculturales, en los que toda perspectiva parece igualmente válida, pero donde el
concepto de dignidad puede perder su anclaje ético y antropológico.
Ante este panorama, se vuelve urgente realizar una reflexión que permita redescubrir
el sentido profundo de la dignidad desde una lectura hermenéutica, esto es, como una labor
interpretativa que dé cuenta no solo del valor del ser humano en sí mismo, sino también de
su relación con el otro. En efecto, la alteridad se presenta como una categoría principal para
repensar una ética que cuenta de los valores más sublime del ser humano, en la que el
reconocimiento del otro no sea solo una exigencia moral, sino una vía para construir nuevas
comunidades.
Este ensayo, por tanto, tiene como objetivo analizar la dignidad humana y la alteridad
desde una lectura hermenéutica, con el fin de contribuir a una comprensión más profunda
de la condición humana y fomentar una convivencia basada en el reconocimiento y respeto
hacia y desde el otro. Para ello, se adopta un enfoque cualitativo de corte hermenéutico, que
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permite una interpretación crítica y reflexiva de diversas fuentes filosóficas
contemporáneas. La estructura del trabajo se articula en cinco momentos: en primer lugar,
se abordan aspectos generales sobre la dignidad humana; luego, se examina los
fundamentos ontológicos y éticos de la dignidad humana, se aborda su papel como
fundamento de los derechos humanos; posteriormente, se profundiza en su carácter
pluridimensional y multidisciplinar; y finalmente, se reflexiona sobre el vínculo entre
dignidad y alteridad como núcleo de una ética del encuentro.
Metodología
Esta investigación se enmarca en el paradigma cualitativo de orientación
postpositivista, que reconoce el valor de la subjetividad y la interpretación como caminos
válidos para la comprensión de la realidad. Esta perspectiva metodológica privilegia la
mirada del sujeto y su capacidad de otorgar sentido a los fenómenos humanos desde su
experiencia vivida y situada. En este contexto, se ha optado por la hermenéutica como
enfoque principal, entendida como una a que permite desentrañar el significado de los
textos y de las acciones humanas a través de la interpretación contextual y profunda (Pérez,
2000).
Este método resulta especialmente pertinente para abordar temáticas de orden
filosófico, ya que se centra en descubrir el sentido del lenguaje y de las experiencias
humanas, reconociendo su carácter simbólico, existencial y relacional (Ruedas, Ríos y
Nieves, 2008). La hermenéutica, en este caso, no se reduce a una técnica, sino que constituye
una actitud interpretativa frente al texto y frente a la vida misma, en diálogo constante con
los sentidos que emergen del encuentro entre dignidad y alteridad.
El estudio se desarrolló mediante una revisión documental de tipo cualitativo, que
consistió en la selección y análisis de textos significativos relacionados con las categorías de
dignidad humana y alteridad. La elección de estos documentos se realizó en función del
objetivo del ensayo, priorizando fuentes que permitieran un abordaje reflexivo y profundo
de las temáticas planteadas. Así, la revisión y análisis de los textos no solo ofrecieron un
soporte teórico, sino que también orientaron la comprensión del horizonte hermenéutico
desde el cual se configura esta lectura crítica y exegética.
Aspectos generales de la dignidad humana
La forma en que actuaban los primeros seres humanos presenta notables diferencias
respecto a las conductas actuales. Con el paso del tiempo, la aparición de la reflexión ética y
moral ha influido decisivamente en la orientación de las acciones humanas, ya sea
legitimándolas o censurándolas. La interpretación de la condición humana entendida
como una búsqueda constante de sentido y de respuestas sobre su propia existencia será
determinante en la forma en que se reconozca y valore su dignidad (Carrillo, 2023).
El término "dignidad" proviene del latín dignitas, originado de dignus, lo cual sugiere
una cualidad merecedora de respeto o reconocimiento. En la tradición griega, su equivalente
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axios encierra connotaciones de valor, estima y mérito (González Valenzuela, 2005). Desde
la antigüedad, la noción de dignidad ha servido como criterio diferenciador entre personas,
lo que hace necesario examinar cómo las distintas culturas han construido su identidad
desde su ethos. Esta exploración es clave para fundamentar los derechos y formas de
reconocimiento que los Estados modernos otorgan a sus ciudadanos (Carrillo, 2023).
En la antigua Roma, la dignidad estaba asociada a los logros individuales que un
ciudadano podía alcanzar. Según Vial Correa y Rodríguez Guerro (2009), este
reconocimiento confería poder y derechos, pero también implicaba una responsabilidad
moral interna. Alcanzar dignidad suponía no solo privilegios, sino también una exigencia
ética. Vivir dentro del imperio romano garantizaba cierto nivel de bienestar bajo las normas
jurídicas vigentes, mientras que quienes no pertenecían a dicho orden eran considerados
bárbaros. Ser ciudadano era un anhelo común entre quienes nacían fuera del imperio
(Carrillo, 2023).
En ese contexto, los esclavos aspiraban a la libertad como condición necesaria para
obtener dignidad. La libertad se tornaba así en una prerrogativa fundamental para ser
considerado un ser humano valioso. No obstante, las estructuras sociales de la época
reservaban la dignidad a ciertos grupos, principalmente varones con posiciones de liderazgo
o relevancia. La concepción patriarcal imperante consideraba a mujeres y niños como
sujetos vulnerables, dependientes de la protección masculina. Ser extranjero o esclavizado
dificultaba enormemente el acceso al reconocimiento social. La dignidad, por tanto, era un
privilegio asignado según méritos personales, origen, género o clase social, al punto que se
asumía que algunos nacían como esclavos por naturaleza (Carrillo, 2023).
Con la expansión del cristianismo en la Edad Media, el concepto de dignidad adquiere
un nuevo fundamento: se justifica en la idea de un Dios creador que otorga a todo ser
humano una dignidad intrínseca por haber sido creado a su imagen y semejanza. Esta visión
espiritualizada introduce una noción de igualdad fundamental entre los seres humanos.
Pelé (2003) señala que, desde la antigüedad hasta los albores de la modernidad, la
valoración del ser humano estuvo condicionada por factores como el linaje, la pertenencia
cultural, el estatus social o político, y se atribuían dignidades diversas e incluso jerarquizadas
desde el nacimiento. El reconocimiento del valor individual se reservaba habitualmente a
miembros de las élites dominantes.
A partir del Renacimiento, con el auge del humanismo, se produce una
transformación significativa en esta concepción. En particular, la obra de Pico della
Mirandola (2008) propone una nueva mirada sobre la dignidad humana, en la que confluyen
la herencia cristiana y la filosofía renacentista. Se resalta la libertad y la capacidad de
autodeterminación espiritual del ser humano como expresión de su valor intrínseco.
Este nuevo enfoque se profundiza con la Revolución Francesa, que instaura los
principios de libertad, igualdad y fraternidad como pilares para definir los derechos
humanos y, en consecuencia, la dignidad. Las guerras mundiales y otros conflictos
posteriores llevaron a cuestionar nuevamente los fundamentos de la dignidad, generando
consensos internacionales que buscan garantizar el respeto a la vida, la paz y la
autodeterminación de los pueblos.
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En la actualidad, toda persona puede exigir el respeto a sus derechos sin distinción
alguna, lo que ha dado lugar al surgimiento de diversos movimientos sociales que luchan
contra las desigualdades ante la ley. El concepto de dignidad humana se basa hoy en una
ética social y política que no solo exige el reconocimiento de derechos individuales, sino
también colectivos (Peces-Barba, 2003).
Desde esta perspectiva, la dignidad humana representa un valor universal,
inalienable e inviolable, y rechaza toda forma de deshumanización, sin importar su origen
(Garzón Valdés, 2006). Esta convicción se refleja en la Declaración Universal de los
Derechos Humanos, cuyo primer artículo establece que "Todos los seres humanos nacen
libres e iguales en dignidad y derechos" (Asamblea General de la ONU, 1948).
Vial Correa y Rodríguez Guerro (2009) sostienen que la dignidad es inherente a la
naturaleza humana y proviene de su dimensión espiritual. No es algo que pueda otorgarse
ni quitarse, pues pertenece a la esencia misma del ser humano. Por tanto, todo individuo,
sin importar su raza, sexo, lengua, religión u origen, posee derechos y libertades
fundamentales (Asamblea General de la ONU, 1948).
Carrillo (2023) reafirma que toda persona tiene dignidad, y esta igualdad esencial
impide que nadie sea sometido, humillado o instrumentalizado para beneficio de otro. La
dignidad no se deriva de características físicas, intelectuales o morales, sino del simple hecho
de ser humano, lo cual lo sitúa en un lugar único dentro de la creación (Vial Correa &
Rodríguez Guerro, 2009).
Fundamentos ontológicos y éticos de la dignidad humana
Desde una perspectiva filosófica, la dignidad humana se comprende como un valor
intrínseco de la persona, independientemente de sus creencias religiosas, estatus social o
condiciones particulares. Según Cano Cabildo (2022), este reconocimiento constituye el
fundamento del humanismo contemporáneo y fue sólidamente respaldado por pensadores
ilustrados como Kant, quien ubicó la dignidad como un principio central de la ética y la
filosofía moral. No obstante, a pesar de la profundidad de este concepto, la historia ha
demostrado que la dignidad humana no siempre ha sido respetada, especialmente cuando
intereses externos como el poder, el dinero o el progreso han prevalecido sobre el valor
de la persona.
La dignidad, en este contexto, se presenta como un principio deontológico del
humanismo: un valor que no depende de condiciones externas o razones instrumentales,
sino que debe ser asumido como fundamento para los derechos humanos universales e
inclusivos. Para profundizar en esta afirmación, Cano Cabildo (2022) distingue dos
enfoques fundamentales de la dignidad: el ontológico y el ético.
Por un lado, la dignidad ontológica reconoce al ser humano como persona en sentido
universal, sin importar sus circunstancias particulares, y sostiene que su valor reside en el
simple hecho de ser persona, merecedora de ser tratada como fin en misma y no como
medio. Esta visión es esencial para garantizar la universalidad de los derechos humanos,
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pues si la dignidad se aplicara de forma selectiva, se debilitaría su fundamento y se abriría
la puerta a graves violaciones (Cano Cabildo, 2022).
Por otro lado, la dignidad ética alude a la dimensión moral que emerge del
reconocimiento intersubjetivo de la autonomía y del respeto mutuo. Cano Cabildo (2022)
advierte que, si bien todos los seres humanos poseen dignidad ontológica, ello no implica
que siempre actúen de manera digna. La dignidad ética se manifiesta cuando las personas
ejercen su libertad moral para actuar conforme al bien, reconociendo el valor de su vida y la
de los demás, y evitando acciones humillantes o destructivas. En este sentido, la autonomía
moral entendida como la capacidad de discernir entre el bien y el mal y obrar en
consecuencia es el fundamento de la dignidad ética y de la convivencia respetuosa.
En este sentido, Cano Cabildo (2022) propone repensar el humanismo a partir del
cuidado elemental de la especie humana, más allá de exigencias intelectuales o intereses
estratégicos. Destaca que la dignidad debe constituirse como principio orientador no solo de
la reflexión filosófica, sino también de las políticas públicas encaminadas a proteger la vida
humana y promover los derechos fundamentales. En consecuencia, comprender la dignidad
humana desde sus dimensiones ontológica y ética resulta indispensable para enfrentar los
desafíos contemporáneos y construir una sociedad que respete la condición humana.
La dignidad humana como fundamento esencial de los derechos humanos
El concepto de dignidad humana, aunque central en la actualidad, es una
incorporación relativamente reciente en el ámbito jurídico. A finales del siglo XVIII, en
documentos emblemáticos como la Declaración de Independencia de Estados Unidos o la
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano en Francia, no se aludía
expresamente a la dignidad. Estos textos se enfocaban en nociones como la libertad, la
igualdad, la propiedad y, ocasionalmente, la búsqueda de la felicidad. Sin embargo, fue
recién a partir del impacto devastador de las guerras mundiales que comenzó a gestarse una
reflexión más profunda sobre el valor intrínseco de la persona (Samayoa Monroy, 2021).
Durante el siglo XX, la filosofía se enfrentó al asombro de un ser humano capaz tanto
de gestos elevados y altruistas como de actos profundamente destructivos. Se replanteó,
entonces, la condición humana desde la experiencia del sufrimiento y la exclusión. En este
contexto de desequilibrio, vulnerabilidad y pérdida de sentido, emergió con fuerza la
exigencia de igualdad de oportunidades en todos los ámbitos: educativo, social, laboral,
político y religioso (Samayoa Monroy, 2021). Esta necesidad de justicia y equidad fue una
respuesta a una humanidad fragmentada y herida.
Para Samayoa Monroy (2021), los derechos humanos surgen precisamente en ese
escenario, no solo como una formulación jurídica, sino como una respuesta ética a la
barbarie, al racismo y a la discriminación. Desde 1948, la Declaración Universal de los
Derechos Humanos marca un hito histórico al consagrar el principio de igualdad en
dignidad y derechos para todas las personas, sin distinción de raza, sexo, religión, idioma,
origen étnico o condición social. Es en este marco de internacionalización y promoción de la
paz donde la dignidad humana adquiere un lugar central en los textos jurídicos globales.
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La dignidad, en efecto, se presenta como el principio fundante de todos los derechos
humanos. Si bien valores como la libertad, la igualdad, la justicia y la solidaridad son
esenciales, la dignidad se coloca como su núcleo ontológico, el punto de partida desde el cual
se justifica la existencia misma de dichos derechos (Asamblea General de la ONU, 1948).
A pesar de grandes esfuerzos, la realidad actual demuestra que persisten múltiples
violaciones a los derechos fundamentales. Aunque se han logrado avances en la defensa de
libertades como la de la tortura, la prisión arbitraria o la persecución injusta, y se ha
ampliado el acceso a la educación, la salud y los recursos económicos, estas garantías siguen
siendo desiguales y, en muchos contextos, frágiles (Samayoa Monroy, 2021).
Además, aunque el concepto de dignidad humana ha ganado difusión global, en la
práctica muchas sociedades siguen sin reconocer plenamente su valor. Se evidencia una
creciente indiferencia hacia el respeto por uno mismo y por los demás. La desvalorización
personal y colectiva compromete el reconocimiento mutuo, necesario para la convivencia
justa y pacífica. En este sentido, como lo señala Samayoa Monroy, (2021), la sociedad olvida
que uno de sus fines esenciales es proteger la vida, los bienes comunes y las relaciones
interpersonales bajo principios éticos y normativos
El descuido de que toda persona es intrínsecamente digna perjudica
considerablemente las relaciones sociales, que son esenciales para el bien común. Se ha
arraigado la noción de que solo ciertos individuos merecen consideración y reconocimiento,
mientras que otros son sistemáticamente excluidos o estigmatizados a causa de sus faltas o
circunstancias. Sin embargo, la dignidad no es una cualidad que dependa de los actos, el
nivel educativo o el estatus social; su origen radica en la esencia misma del ser humano, en
su condición de ser racional, libre y dotado de responsabilidad moral.
La dignidad es inherente a cada ser humano, sin distinción de su posición social o de
las circunstancias que atraviese, incluso en situaciones de privación de libertad por delitos
cometidos. De esta premisa, según Samayoa Monroy (2021), se desprende la
responsabilidad compartida de preservar tanto la propia dignidad como la de los demás. La
humanidad se distingue del resto del mundo natural por esta cualidad singular, la capacidad
de razonar, tomar decisiones y orientar la existencia hacia el bien
Es por ello, que el honor en el trato hacia cualquier individuo es innegociable,
independientemente de sus logros o fracasos, su estatus social, o sus capacidades físicas o
mentales. La dignidad humana constituye, en última instancia, la característica fundamental
que nos define como personas. Por ende, su reconocimiento, promoción y protección son
imperativos ineludibles para todos.
El carácter pluridimensional y multidisciplinar de la dignidad humana
Al abordar la dignidad humana desde una perspectiva crítica, se reconoce que esta
categoría no puede comprenderse plenamente sin la contribución de diversas disciplinas del
saber, como la filosofía, la antropología, la política y el derecho, entre otras. En este sentido,
la dignidad humana, para Samayoa Monroy (2021), puede entenderse a partir de cuatro
dimensiones interrelacionadas: religiosa, ontológica, ética y social. La dimensión religiosa
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presenta al ser humano como imagen de Dios, fundamento que, en el contexto cristiano,
otorga una dignidad originada en la relación con lo divino. La dimensión ontológica subraya
que el ser humano, dotado de razón y autoconciencia, ocupa un lugar singular en el orden
de lo creado. Por su parte, la dimensión ética remarca la capacidad de la persona para ejercer
una autonomía moral crítica, expresada en la deliberación y valoración de normas y
conductas. Finalmente, la dimensión social alude al comportamiento humano guiado por la
gravedad y el decoro, reflejo de la dignidad expresada en lo cotidiano
La dimensión religiosa de la dignidad humana se fundamenta en la convicción de que
el ser humano ha sido creado a imagen y semejanza de Dios, lo que le confiere un valor
sagrado y una vocación trascendente. En la tradición cristiana, esta verdad se traduce en el
reconocimiento de que la vida no es un simple dato biológico, sino un don divino que debe
ser acogido, valorado y protegido con profundo respeto. La dignidad, entonces, no proviene
únicamente de la racionalidad o autonomía del individuo, sino de su relación constitutiva
con el Creador, que le otorga un lugar especial en la creación.
Este fundamento teológico invita a vivir la existencia como una respuesta ética y
espiritual a ese don recibido. Así, cuidar la vida propia y ajena se convierte en una
responsabilidad moral que trasciende lo individual, proyectándose en el compromiso con
los demás y con el bien común. Vivir conforme a esta dignidad implica orientar la conducta
según principios éticos inspirados en las enseñanzas religiosas, los valores transmitidos en
el seno familiar y las prácticas solidarias de la comunidad.
Por tanto, defender la dignidad de la persona no se limita a evitar el daño físico, sino
que abarca una serie de actitudes y acciones que promueven el respeto, la justicia, la
solidaridad y la igualdad. En este horizonte, cada persona debe ser reconocida y tratada
como portadora de un valor irrepetible, cuya dignidad no puede ser ignorada ni reducida
por razones sociales, económicas, culturales o ideológicas. En definitiva, la dimensión
religiosa de la dignidad humana exige una mirada contemplativa y comprometida sobre el
otro, afirmando que toda vida merece ser vivida con plenitud y defendida en su integridad.
Desde la dimensión ontológica, la dignidad humana se comprende como un valor
inherente a la persona por su propio ser, por el hecho de existir. Esta dignidad no depende
de condiciones externas ni de atributos adquiridos, sino que brota de la profundidad misma
del ser humano, en su capacidad de trascender y habitar el mundo con conciencia de sí. Su
carácter es universal, irrenunciable y único, lo cual implica que toda persona, sin importar
su origen, condición o situación, es portadora de derechos y libertades fundamentales.
Reconocer esta realidad exige rechazar cualquier forma de humillación o
instrumentalización del otro. La dignidad no se otorga ni se gana, se afirma como parte
constitutiva del ser humano desde el momento en que entra en la existencia y se inscribe en
la totalidad de lo creado (Samayoa Monroy, 2021).
Desde una perspectiva ética, el interés por la dignidad humana se justifica en tanto
que la persona es considerada origen y destinataria de deberes y derechos. Es en ella donde
se manifiesta el hecho moral, en cuanto sujeto que actúa, discierne y reflexiona sobre el bien,
elaborando a partir de su experiencia vital un sentido de conciencia moral. Esta capacidad
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de reconocerse como agente moral y de fundamentar sus propias normas revela la
profundidad con la que la dignidad se arraiga en el ser humano (Samayoa Monroy, 2021).
En el ámbito social y jurídico, la noción de dignidad se halla estrechamente vinculada
a la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, donde se establece que toda
persona, sin distinción alguna de origen social, cultural o económico, posee derechos
fundamentales que deben ser protegidos en cualquier contexto. La dignidad, en este sentido,
no es solo el punto de partida para la formulación de derechos, sino también su razón de ser
más profunda (Samayoa Monroy, 2021).
Si bien estas disciplinas aportan marcos valiosos para el entendimiento de la dignidad
como el valor inherente a todo ser humano por el solo hecho de serlo, no es suficiente limitar
su análisis a dichas áreas. Es preciso atender también a la amplitud de esta categoría,
comprendida como realidad pluridimensional.
Aunque la dignidad humana está profundamente vinculada a la esencia misma de
cada persona, no depende de factores como la condición social, la ideología política, las
creencias religiosas o el origen cultural. Toda persona posee dignidad por el solo hecho de
ser, y esta se manifiesta en su capacidad para ejercer la libertad y asumir la responsabilidad.
Ambas dimensiones nos permiten construir relaciones basadas en el respeto al otro,
promoviendo la defensa activa y el cuidado de la vida.
Desde esta perspectiva, proteger la vida desde el reconocimiento de la dignidad
humana implica valorar de manera consciente al ser humano como alguien que merece ser
preservado en todo momento. Por eso es fundamental asegurar el derecho a la vida frente a
cualquier forma de violencia, discriminación, abuso o amenaza que atente contra ella.
Promover el cuidado de la vida supone crear condiciones dignas para todas las personas, lo
que abarca desde el acceso a servicios esenciales hasta el disfrute pleno de derechos como la
educación y la salud, pilares para construir una nueva sociedad.
La dignidad humana entre persona y alteridad
El término “alteridad” tiene su origen en el latín alteritas, que puede traducirse como
“otredad”. Esta palabra está formada por el vocablo alter, que significa “otro”, y el sufijo -
idad, que denota una cualidad. Desde su raíz etimológica, el concepto alude a la experiencia
de ser distinto, a la existencia del otro como alguien diferente de uno mismo. En la filosofía,
esta noción resalta la importancia de reconocer la singularidad del otro y nos invita a
establecer vínculos basados en la justicia y la ética (Méndez Reyes et al., 2024).
Asumir la alteridad implica desafiar nuestras propias ideas preconcebidas y
disponernos a comprender otras perspectivas. Reconocer al otro como sujeto con
necesidades, deseos y valores propios constituye un acto fundamental en la vida ética. Según
Lévinas (2012), la alteridad no solo se presenta como un hecho, sino como un
acontecimiento que antecede y configura nuestra condición moral. El rostro del otro nos
interpela y exige una respuesta que trasciende el ego. Desde esta perspectiva, la alteridad se
convierte en una fuente de libertad y de responsabilidad ética: nos impulsa a actuar en favor
del otro y a trabajar por una sociedad más justa y solidaria (Méndez Reyes et al., 2024).
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Desde esta perspectiva, el concepto de alteridad adquiere un carácter esencial desde
la reflexión filosófica, ya que permite generar la crítica para repensar en la construcción de
una sociedad más justa. En particular, la propuesta ética de Lévinas (1987) sitúa al rostro
del otro como el punto de partida para una ética radical que supera la mera relación entre el
yo y el otro. Para Lévinas (2012), la ética cobra sentido cuando se reconoce la singularidad
del rostro, el cual actúa como una apertura hacia una filosofía primera basada en la alteridad.
La relación entre sujetos se manifiesta en la inmediatez de ese encuentro, en el que el yo es
interpelado tanto desde su interior como desde la exterioridad del otro. Así, una ética de la
alteridad se asienta en la intensidad de esta experiencia intersubjetiva, en la que ambos yo
y otro se descubren en un vínculo profundamente humano (Méndez Reyes & Iza Villacís,
2021).
Desde esta perspectiva, para Méndez Reyes et al. (2024), la filosofía de la alteridad se
comprende como un acontecimiento originario de comunicación y encuentro. Se trata de
una práctica vital que implica asumir la responsabilidad, el amor y la compasión como
respuesta a la presencia concreta del otro, presencia que se manifiesta en el rostro y que
posee una dimensión tanto ontológica como ética. La dignidad se sitúa entonces en el
horizonte de una intersubjetividad fundada en el amor entendido como gratitud,
reciprocidad y responsabilidad compartida. En este entramado, el otro no solo interpela al
yo, sino que se convierte en su reflejo más genuino, encarnando principios como la justicia
y la verdad. La filosofía de la alteridad, en consecuencia, se presenta como un entramado
ético complejo que surge del reconocimiento inmediato del otro en su diferencia y dignidad.
En este sentido, la persona humana se caracteriza no solo por sus capacidades como
la inteligencia o la voluntad, sino por su radical apertura al sentido, manifestada en la
pregunta por quién es, para qué vive y cómo debe actuar. Esta capacidad de interrogarse a
sí misma revela una dimensión esencial, la dignidad. A diferencia de los demás seres vivos,
la persona no se limita a actuar por instinto, sino que es consciente de sí, recuerda su pasado,
vive su presente y proyecta su futuro. En este proceso, se construye como persona a través
de decisiones libres y responsables que lo afirman en su singularidad (Samayoa Monroy,
2021).
Sin embargo, esta construcción personal no acontece en soledad, se da desde la
relación con y desde el otro. Para Heidegger (2023) el ser humano no puede comprenderse
como un ente aislado ya que su existencia cobra sentido en el mundo que habita y,
especialmente, en su relación con los otros. Para ello, introduce el concepto de Mitdasein -
ser-con-, que expresa la condición relacional constitutiva del ser humano. No se trata de un
individuo que luego entra en contacto con los demás, sino de un ser que ya es, desde el inicio,
con los otros. La alteridad, por tanto, no es un añadido, sino una dimensión originaria de la
persona.
Esta comprensión ha sido también desarrollada por otros pensadores que reconocen
en la sociabilidad humana un rasgo esencial, no meramente funcional. A diferencia de
Aristóteles (1969) -quien consideraba al ser humano un ser social por necesidad-, muchos
autores contemporáneos entienden esta sociabilidad como parte estructural del ser personal
(Aragó, 1997). En este horizonte, no basta con coexistir; se trata de vivir en apertura al otro,
Méndez, J. Revista de Filosofía, Vol. 42, Nº113, 2025-3, (Jul-Sep) pp. 20-32 30
Universidad del Zulia. Maracaibo-Venezuela. ISSN: 0798-1171 / e-ISSN: 2477-9598
desde la empatía, el compromiso y la responsabilidad por su dignidad. La alteridad
interpela, desafía y enriquece la identidad personal (Samayoa Monroy, 2021).
Ahora bien, vivir en relación con los demás no implica instrumentalizarlos. El otro no
es un medio para los propios fines, sino un fin en mismo. Cada persona merece ser
reconocida por su valor intrínseco, no por su utilidad ni por lo que posee. Las relaciones
humanas auténticas se construyen en la reciprocidad, el respeto mutuo y el cuidado del otro.
En efecto, siguiendo a Lévinas (2012), el encuentro con el otro no es una confrontación ni
una amenaza, sino una llamada ética. Es precisamente en este reconocimiento del rostro del
otro donde se afirma su dignidad y, a la vez, se despliega la propia.
Es por ello, que tener dignidad implica un reconocimiento de uno mismo como
persona, pero a su vez un respeto por el otro donde el lenguaje es esencial no solo para
transmitir información, sino también como el medio por el cual nos revelamos y abrimos al
encuentro. Mediante la palabra, nos conocemos, nos reconocemos y tejemos vínculos
significativos. A través de este diálogo genuino, se construye una convivencia humana en la
que la dignidad no es una abstracción, sino una experiencia compartida, vivida entre
personas que, desde la alteridad, se afirman mutuamente en su humanidad.
Conclusiones
La dignidad humana no puede comprenderse desde una visión individualista o
fragmentada, sino como un principio que impulsa la construcción social de una realidad
compleja. En un mundo marcado por el sufrimiento y la violencia, resulta urgente reafirmar
el valor intrínseco de la vida y la capacidad de los seres humanos para la transformación
personal y social, la cual solo se alcanza mediante el reconocimiento y respeto genuino hacia
el otro. Es en el encuentro auténtico con la diversidad y la alteridad donde se realiza
plenamente la humanidad, ya que la intersubjetividad, basada en el respeto y
reconocimiento mutuo, es la base para una verdadera convivencia.
Desde una perspectiva hermenéutica, es fundamental entender que nuestra
interpretación de la realidad no es neutral ni externa, sino que emerge desde la pertenencia
de contextos plurales y diversos. A pesar de nuestras diferencias culturales, sociales y
económicas, compartimos la responsabilidad común de aprender a valorar y respetar al otro.
Esta convivencia en un mundo interpretado desde experiencias individuales nos convoca a
hacer de la dignidad humana un valor palpable y presente en la cotidianidad de nuestras
relaciones.
La dignidad constituye una dimensión esencial e inalienable del ser humano,
estrechamente vinculada tanto a su capacidad de trascender como a su existencia concreta
y cotidiana. Es un valor inherente y universal que corresponde por igual a todas las personas,
sin distinción alguna. Por ello, resulta inaceptable que alguien sea sometido a humillación,
explotación o negación de sus derechos, ya que la dignidad no se otorga ni se conquista, sino
que es una condición inherente desde el nacimiento.
Vivir en relación con los demás implica reconocer que el otro nunca debe ser
instrumentalizado como medio para fines propios, sino considerado un fin en mismo.
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Cada persona posee un valor intrínseco que supera cualquier utilidad o posesión material.
Por ello, las relaciones auténticas se fundamentan en la reciprocidad, el respeto mutuo y el
cuidado genuino del otro. El encuentro con el otro constituye una llamada que no confronta
ni amenaza, sino que revela y sostiene la dignidad compartida.
Tener dignidad implica, entonces, un doble movimiento: el reconocimiento de uno
mismo como persona y el respeto hacia el otro, en el que el lenguaje juega un rol
fundamental. Así, la dignidad deja de ser una idea abstracta para convertirse en una
experiencia vivida y compartida, en la que la humanidad de cada persona se afirma y
enriquece en el diálogo con el otro.
Finalmente, la dignidad, como el valor más preciado del ser humano, requiere una
protección constante y activa. Garantizar el derecho a una vida digna implica enfrentar y
superar toda forma de abuso, violencia, discriminación o amenaza contra la existencia
humana. Defenderla significa promover condiciones justas y equitativas para todas las
personas, asegurando el acceso a servicios básicos y el ejercicio pleno de derechos
fundamentales, como la educación y la salud, elementos indispensables para el bienestar
integral y la construcción de sociedades más solidarias. Este compromiso se fundamenta en
el principio de la alteridad, que nos invita a reconocer al otro en su justa dimensión, pues
solo al valorar y respetar al otro como un fin en sí mismo podemos construir la convivencia
anhelada, donde la dignidad sea auténticamente vivida y compartida.
Referencias bibliográficas
Aragó, J. M. (1997). Ética y Valores. Guatemala: Universidad Rafael Landívar. Reimpresión de la
segunda edición.
Aristóteles. (1969). La política. España: Editora Espasa-Calpe, S.A. Madrid.
Asamblea General de la ONU. (1948). Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Cano Cabildo, S. (2022). La dignidad como principio deontológico del humanismo. Andamios,
19(48), 325-354. https://doi.org/10.29092/uacm.v19i48.908
Carrillo, R. (2023). La dignidad humana: Ser Persona. Reflexiones desde la antropología filosófica
y teológica. Teoría y praxis. Revista de Ciencias Sociales y Humanidades.
https://doi.org/10.61604/typ.v1i43.311
Garzón Valdés, E. (2006a). Tolerancia, dignidad y democracia. Universidad Inca Garcilaso de la
Vega.
González Valenzuela, J. (2005). Genoma y dignidad humanos. UNAM-Antrophos.
Heidegger, M. (2023). Ser y tiempo. Trotta editorial. 3ª edición, 6 reimpresión.
Lévinas, E. (1978). De otro modo que ser o más allá de la esencia. Sígueme.
Lévinas, E. (2012). Totalidad e infinito. Sígueme.
Méndez Reyes, J., & Iza Villacis, V. (2021). Apuntes para una reflexión en torno a la ética de la
alteridad. Encuentros. Revista de Ciencias Humanas, Teoría Social y Pensamiento Crítico.
(Extra). https://doi.org/10.5281/zenodo.4758380
Méndez, J. Revista de Filosofía, Vol. 42, Nº113, 2025-3, (Jul-Sep) pp. 20-32 32
Universidad del Zulia. Maracaibo-Venezuela. ISSN: 0798-1171 / e-ISSN: 2477-9598
Méndez Reyes, J., Padrón Medina, A. & Iza, V. (2025). Philosophy and Theology Facing
Transhumanism: A Hermeneutic Analysis. Journal of Posthumanism, 5(3), 166-
180. https://doi.org/10.63332/joph.v5i3.725
Méndez Reyes, J., Padrón Medina, A., & Andrade Martínez, C. (2024). La pedagogía de la alteridad
y el cuidado de en el Sistema Preventivo de Don Bosco. Utopía y Praxis Latinoamericana,
29(106), e12602093.
https://produccioncientificaluz.org/index.php/utopia/article/view/e12602093
Peces-Barba, G. (2003). La dignidad de la persona desde la filosofía del derecho. Dykinson.
Pelé, A. (2003). Una aproximación al concepto de dignidad humana. Universitas.
Pérez, G. (2000). Investigación cualitativa. Retos e interrogantes: I Métodos. La Muralla.
Pico della Mirandola, G. (2008). Discurso sobre la dignidad del hombre. Ediciones Winograd.
Ruedas, M., Rios, M. M., y Nieves, F., (2008). Hermenéutica: La roca que rompe el espejo.
Investigación y Postgrado, 24(2), 181-201.
Samayoa Monroy, A. N. (2021). Dignidad humana: una mirada desde un enfoque filosófico.
Revista Latinoamericana de Derechos Humanos, 32(1), 1-20.
https://dx.doi.org/10.15359/rldh.32-1.4
Vial Correa, J., & Rodríguez Guerro, Á. (2009). La dignidad humana: Desde la fecundación hasta
su muerte. Acta Bioethica, 15(1), 55-64. http://dx.doi.org/10.4067/S1726-
569X2009000100007
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