Gaceta Laboral http://www.produccioncientifica.luz.edu.ve/index.php/gaceta <p>Es una publicación especializada en estudios del trabajo y de política social, cuyo propósito es estimular y difundir investigaciones escritas en cualquier idioma, preferiblemente en español o inglés, desde cualquier perspectiva de análisis sin privilegiar ninguna orientación en particular.</p> es-ES cielda.luz@gmail.com (María Eugenia Fernández) asistencia@serbi.luz.edu.ve (RevicyhLUZ) Thu, 18 Dec 2025 18:58:17 +0000 OJS 3.1.2.4 http://blogs.law.harvard.edu/tech/rss 60 Los músicos profesionales en Monterrey: Precariedad y contingencia laboral http://www.produccioncientifica.luz.edu.ve/index.php/gaceta/article/view/44963 <p>El objetivo de este artículo es analizar las trayectorias laborales de los músicos que forman parte de las industrias creativas y culturales del área metropolitana de Monterrey. Se aplicó un diseño metodológico de enfoque cualitativo, recolectando mediante entrevistas las narrativas de relatos de vida del músico profesional, residente de la ciudad de Monterrey. Los principales resultados detectaron comportamientos inestables en sus formas de vida como el multiempleo y la precariedad laboral. La aportación de este estudio consistió en identificar quiénes son estos músicos, cómo son sus carreras profesionales, así como la comprensión de las oportunidades, dificultades y limitaciones a las que se enfrentan para lograr un equilibrio entre la realización económica y personal. Se concluyó que este grupo de artistas afronta una serie de contingencias durante los procesos que ocurren desde el inicio de sus carreras profesionales hasta su inserción al mercado laboral.</p> Mónica Garza Barrera González, Eleocadio Martínez Silva Derechos de autor http://www.produccioncientifica.luz.edu.ve/index.php/gaceta/article/view/44963 Síndrome de Burnout en los profesionales médico/as durante la pandemia del SARS-COVID-19 en Maracaibo-Venezuela http://www.produccioncientifica.luz.edu.ve/index.php/gaceta/article/view/44964 <p>La enfermedad del SARS-COVID-19 provocó un clima generalizado de cautela e incertidumbre, particularmente entre los profesionales de la salud, debido a diversas causas como la rápida propagación de la COVID-19, la gravedad de los síntomas que provocaba en un segmento de personas infectadas, el desconocimiento de la enfermedad y las muertes entre los profesionales de la salud. El objetivo del presente trabajo es describir los factores asociados, influyentes entre el personal médico/a para determinar los niveles de prevalencia e intensidad del síndrome de burnout durante la pandemia del nuevo Coronavirus SARS-COVID-19. Se trata de una investigación aplicada, descriptiva, cuantitativa, no experimental, basada en el método inductivo, transversal, con una muestra de 200 médico/as profesionales que laboraban en centros médicos públicos y privados durante el año 2021, a quienes se les aplicó el inventario&nbsp;<em>Maslach Burnout Inventory</em>&nbsp;para valorar el síndrome de agotamiento frente al incremento de casos de COVID-19. Se realizó la revisión sistemática en las bases de datos PubMed, Scopus y Web of &nbsp;Science y se revisaron estudios descriptivos. En cuanto a los resultados, en la subescala de agotamiento emocional, 80% de los médico/as encuestados presentó el síndrome de burnout considerado severo, el personal médico es afectado, tanto a nivel global como en las subescalas de agotamiento emocional y despersonalización. Los hallazgos sugieren que el síndrome de desgaste profesional y el agotamiento físico se han acentuado aún más, teniendo una alta prevalencia de síntomas de burnout en los médico/as.</p> <p>&nbsp;</p> Juan Carlos Araujo Cuauro Derechos de autor http://www.produccioncientifica.luz.edu.ve/index.php/gaceta/article/view/44964 Acoso laboral en Venezuela: un análisis de sus manifestaciones y marco legal de protección http://www.produccioncientifica.luz.edu.ve/index.php/gaceta/article/view/44965 <p>El presente documento analiza el fenómeno del acoso laboral en Venezuela y su marco legal de protección. Es responsabilidad de los empleadores proporcionar un entorno laboral seguro y saludable, así como condiciones de trabajo justas y dignas. Sin embargo, se señala que en Venezuela ha habido situaciones de violencia laboral, que abarcan acciones, incidentes o comportamientos que se apartan de lo razonable y que resultan en agresiones, amenazas, humillaciones o lesiones hacia una persona en el ejercicio de su actividad profesional. Destaca significativamente el acoso laboral, que implica la intención de destruir a la víctima mediante la manipulación y la intimidación sistemática. Así que se enfatiza la importancia de abordar este problema y promover un ambiente laboral armonioso y respetuoso. Se insta a las empresas a tomar medidas adecuadas para prevenir nuevos casos de violencia laboral y se destaca la necesidad de denunciarlos. El estudio se basa en una metodología analítica, documental y bibliográfica, utilizando fuentes como leyes, libros, revistas y artículos científicos. Se examina el concepto de violencia laboral y mobbing o acoso laboral, sus manifestaciones y consecuencias, y se subraya la pertinencia de adoptar políticas explícitas y claras en las organizaciones para prevenir y abordar estos casos. En conclusión, el documento destaca la conveniencia de comprender y combatir la violencia laboral en Venezuela, promoviendo un entorno de trabajo seguro, respetuoso y libre de acoso. Se resalta la relevancia de la legislación y las políticas organizacionales en la protección de los derechos fundamentales de los trabajadores.</p> Andrea Vanessa Salas Rujano, Carlos Luis Vílchez Gutiérrez Derechos de autor http://www.produccioncientifica.luz.edu.ve/index.php/gaceta/article/view/44965 Acoso laboral y acoso sexual: Formas para presionar cambios en las relaciones de trabajo http://www.produccioncientifica.luz.edu.ve/index.php/gaceta/article/view/44966 <p>La legislación laboral anterior a la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, en adelante LOTTT (Ley del Trabajo de 1936, Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo de 1959, Ley Orgánica del Trabajo de 1997, Ley Orgánica del Trabajo de 2011 y reglamentos de leyes laborales), no consideró en su contenido el Acoso Laboral y el Acoso Sexual; ello viene a ocurrir en la LOTTT, concretamente en sus artículos 79, literal k), 80, literal h), 164 y 165. En estas dos últimas disposiciones se establece que en los casos que se produzca acoso laboral o acoso sexual se sancionará como se establece en el Reglamento.</p> Juan García Vara Derechos de autor http://www.produccioncientifica.luz.edu.ve/index.php/gaceta/article/view/44966